Citgo: El Justo Valor de Mercado, por Juan Fernández.

Citgo: El Justo Valor de Mercado, por Juan Fernández.

Citgo, ha sido un ejemplo o casi una excepción, de cómo una empresa estatal petrolera como lo fue PDVSA, dentro de su estrategia de agregar valor al petróleo busco un esquema, para asegurar un volumen de suministro al mercado de la Costa del Golfo de los Estados Unidos. Su adquisición fue parte de un proceso enmarcado dentro de la Internacionalización y la relevancia pasa por considerar el factor de seguridad energética para los EE. UU., de la refinación, suministro, distribución y mercadeo de combustibles, con un proveedor históricamente seguro y confiable que pasa a tomar posesión de activos del sector, tal como un inversionista privado. De esta forma PDVSA se introducía en un mercado competitivo, abierto, con la propiedad de un sistema de refinación en donde mejor se valora el crudo venezolano. 

Actualmente CITGO, esta procesando alrededor de 800 mil barriles por día, suple unas 4300 estaciones de servicio con su marca, para atender el mercado interno de los EE. UU. y algunos mercados en el Caribe y Latinoamérica donde sus lubricantes y productos son exportados a 41 países. Cabe señalar como la estrategia de crecimiento de PDVSA en el siglo pasado fue aplicada también, por otras empresas estatales petroleras, como por ejemplo la refinería de Deer Park propiedad de PEMEX en Houston, y la refinería de Port Arthur propiedad de Saudí Aramco.

Por otro lado, debemos enfatizar que por más de dos décadas el régimen político que ejerce el poder en Venezuela, utiliza al petróleo como un instrumento al servicio de la supuesta revolución, en lugar de estar al servicio de todos los venezolanos. Lamentablemente PDVSA se ha destacado fundamentalmente por su mala gerencia con muy malos indicadores operacionales de producción, refinación, comercio, ambientales, financieros, capital humano, etc., en especial la corrupción cuyo resultado es la perdida de miles de millones del patrimonio público.





Las acciones tomadas por Chavez y Maduro, en cuanto a las expropiaciones, combinadas con el incumplimiento de las obligaciones derivadas de los juicios de arbitraje, mas el incumplimiento de pagos de la deuda soberana incluida la deuda financiera de PDVSA, son elementos que también causan un alto daño al patrimonio público que ha terminado reflejándose en la situación de CITGO. 

En 2019, el hecho del no reconocimiento del régimen de Maduro como gobierno legítimo originaron por parte de la Administración de Estados Unidos, órdenes ejecutivas para proteger los activos de los acreedores de CITGO. Sin embargo, la estrategia de judicialización llevada a cabo por el interinato, así como los entes luego de su desaparición, no han tenido el resultado esperado y la Corte del Delaware ha establecido la subasta como mecanismo para la compensación a los acreedores, a la par los Bonos 2020 que son otra deuda que entra en este complicado proceso, con la determinación de la Corte para los oferentes de considerar esos Bonos como parte de los pasivos de Citgo. En la actualidad las demandas por el Alter Ego, basadas en la decisión del tribunal de Delaware, superan los US$ 20.000 millones.

Una consideración adicional, que hemos de tomar en cuenta para buscar una alternativa que nos permita seguir intentando mantener la propiedad de CITGO, es comprender la existencia en USA de la separación de poderes públicos como se reconoce en toda democracia. De tal forma que si bien es cierto que las órdenes ejecutivas dan protección, ellas no son infinitas. El poder ejecutivo de los EEUU no entrara en conflicto con una decisión judicial, para ello el llamado “rule of law”, les permite a las partes el camino para proceder si alguna de las partes lo considera procedente. A lo anterior debemos agregar que en Venezuela todo indica estamos viviendo un momento que nos podría conducir a un cambio político y hacia la Democracia, que a su vez conducirá a todo un proceso de cambio de modelo económico, para recuperar al país. 

Como vemos a los efectos de desarrollar opciones con CITGO, se hace necesario una mezcla de manejo político y económico, sin generar un conflicto de poderes públicos, que a su vez resulten en una solución satisfactoria para todas las partes. 

En cuanto a lo económico….

Tanto el Special Máster designado por la Corte de Delaware para llevar el proceso de subasta, como la OFAC tienen un rol significativo en este proceso. Por tanto, un factor esencial debe ser la consideración del concepto de Valor Justo de Mercado, lo cual denominan también el Fair Market Value, pues CITGO es una empresa que no presenta dificultades para atender sus obligaciones, opera sus procesos de manera eficiente y las condiciones de los márgenes de refinación del mercado actualmente le permiten obtener beneficios en sus actividades. Como hemos dicho, CItgo no es una empresa en un proceso de atraso en sus pagos, por lo que no puede ser valorada CItgo como un remate o una empresa en liquidación. Por ende, la determinación del Valor Justo de Mercado, debe ser un factor para la toma de decisión en el proceso de subasta y/o en la valoración, que la OFAC debe realizar para otorgar el V.B. a la misma.

A este respecto, en primer lugar, se debe considerar si el Valor Justo de Mercado satisface de manera equitativa a los acreedores reconocidos por el tribunal y el impacto de este proceso a otros acreedores de la República que tendrán que necesariamente pasar por un proceso de reestructuración de su deuda. En segundo lugar, si las ofertas sometidas a la consideración del proceso que lleva a cabo la corte para la adquisición de PDVH, quien es a su vez la dueña de los activos de Citgo, están por debajo del Valor Justo de Mercado, el proceso debería ser rechazado por destruir valor con base a la economía de mercado, es decir, el resultado de la subasta no es por la mayor oferta sino por la de mayor valor justo de mercado. En ese supuesto de subvalorar a Citgo, pudiese aplicarse el criterio de proporcionalidad con respecto al Valor Justo de Mercado, y esa oferta tendría una proporción accionaria de Citgo, de manera que el diferencial continúe bajo la propiedad de PDVH. Esto permitiría a posteriori establecer un proceso de recompra de las acciones por parte de Citgo, a fin de mantener el control de las actividades de la empresa.

También considero importante que dentro del proceso de subasta el “due diligence” de la OFAC como entiendo hará, realice una determinación precisa del oferente determinado por la Corte para la adquisición, pues siguen siendo estos activos estratégicos para el mercado energético de los EE.UU. 

En cuanto a lo político…

Bajo este proceso que hemos descrito, se abre la posibilidad de la ocurrencia de un cambio político en Venezuela, lo cual representa sin duda una oportunidad de retomar la Democracia, el estado de derecho y la credibilidad del país. Razones por las cuales se abren posibilidades serias de negociar con los acreedores mecanismos de solución, y en donde el sector petróleo tendrá un rol fundamental, pero además la reposición de activos expropiados serán una opción para reactivar la economía. 

El proceso de reestructuración de la deuda, como ha ocurrido en oportunidades anteriores, con el respaldo de los organismos internacionales y de gobiernos democráticos será necesario. A lo anterior para los intereses comunes entre los EE. UU. y Venezuela, se le suma la importancia de suministro seguro y confiable de petróleo a la Costa del Golfo.

Tal como han expresado organizaciones civiles, congresistas de los EEUU y personalidades públicas las fechas del proceso de subasta coliden con proceso muy sensible en Venezuela como son las elecciones presidenciales y cualquier resultado en este asunto de Citgo tendrá sus efectos en el proceso electoral interno, por tanto una opción a lo expuesto anteriormente es diferir este proceso de subasta de Citgo en cuanto a sus resultados, hasta después del proceso electoral venezolano y  en donde el interés geopolítico de los EEUU es la vuelta de la Democracia a Venezuela. 

Consideración Final

Aun en este momento crítico, la negociación entre las partes es un mecanismo no descartable para lograr una solución para las partes. En consecuencia las acciones tanto desde el punto vista económico como político a seguir deben contemplar condiciones que nos permitan por la vía de la negociación entre las partes y distinta al proceso de subasta. La opción para recuperar la Industria Petrolera en Venezuela y tener una opción para mantener a CITGO reside en lograr el cambio político en nuestro país. 

@JFernandeznupa