¡Aló Tarek! ¿Qué pasó en el concierto del CCCT?

¡Aló Tarek! ¿Qué pasó en el concierto del CCCT?

Rotondaro

 

 





 

La agilidad o rapidez del Fiscal General del Régimen de Nicolás Maduro en el ejercicio de sus funciones, pareció no ser tan expedita tras lo ocurrido y difundido en el concierto de la agrupación musical “Morat”, celebrado este domingo en el estacionamiento del Centro Comercial Ciudad Tamanaco en Caracas.

En días pasado, específicamente el 26 de marzo,  Tarek William Saab Halabi, a través de su cuenta en twitter @TarekWiliamSaab publicaba la designación de una Fiscal del Ministerio Público para investigar a un funcionario del Cicpc que se vio involucrado en una riña, sacó un arma y disparó al aire.

El hecho del efectivo se supo por un video que se hizo viral y por ende, el abogado del “madurismo” ordenó la presentación de los involucrados, y en unos de su texto se refirió a la precalificación: “3) Los delitos #investigados son Lesiones en Riña, Porte de Arma en Lugares Prohibidos y Uso Indebido de Arma Orgánica”. 

En esta oportunidad tras lo del concierto de Morat, Saab Halabi no aplicó, o por lo menos no difundió lo que enseñan de Ulpiano, “el arte de lo que es bueno, y de lo que es justo”. Prefirió guardar silencio, no teclear en sus redes, o pasar agachado, para no poner en evidencia a una colega del poder judicial.

Sin embargo, tras los múltiples comentarios, videos difundidos y testimonios, lapatilla.com supo de primera mano a través de una fuente del propio Poder Judicial que las involucradas en la riña, son la Magistrada Indira Maira Alfonzo Izaguirre, presidenta de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, y su hermana, entre otros allegados.

 

 

 

Será que en esta oportunidad @TarekWiliamSaab ordenará la investigación de una alta funcionaria del poder judicial, o demostrará la independencia de poderes.

¿ Qué pasará con la escolta, a quien señalan ser funcionaria de la Policía del municipio Libertador (PoliCaracas)?. ¿Los organizadores del evento, quién permitió el ingreso del arma?.

¿Cuál será la imputación y la precalificación de los posibles delitos?

LEY PARA EL DESARME Y CONTROL DE ARMAS Y MUNICIONES

(Gaceta Oficial Nº 40.190 del 17 de junio de 2013)

Artículo 113

Porte de arma de fuego en lugares prohibidos

Quien lleve consigo un arma de fuego o municiones, en reuniones, manifestaciones o espectáculos públicos, eventos deportivos, marchas, huelgas, mítines, obras civiles en construcción, procesos electorales o refrendarios, instituciones educativas, centros de salud o religiosos, terminales de pasajeros, unidades de transporte público, así como en lugares de expendio y consumo de bebidas alcohólicas, independientemente del tipo de permiso que le haya sido otorgado, será penado con prisión de cuatro a ocho años.

La pena se incrementará en una cuarta parte, si quién lleva consigo tales armas se encuentra bajo los efectos de bebidas alcohólicas, de estupefacientes o sustancias psicotrópicas.